sábado, 25 de septiembre de 2010

Vivienda protegida: la fórmula más barata para independizarse


La vivienda calificada como protegida están sujetas a un precio máximo regulado por la administración, normalmente modulado por cada Comunidad Autónoma. Esta es la gran ventaja de adquirir este tipo de viviendas, ya que su precio es limitado y marcado en función de los metros cuadrados, por ello, son relativamente económicas y especialmente accesibles para compradores con rentas bajas. Por ello, su uso tiene algunas restricciones: debe ser destinada a vivienda habitual y no puede venderse libremente durante el tiempo que dure la protección. En algunas regiones, este tiempo es ilimitado y se considera vivienda protegida permanentemente. En la Comunidad de Madrid este periodo dura 15 ó 20 años.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Eso sí, no todo el mundo puede acceder a una casa de estas características, ya que hay unos estrictos requisitos previos. En cada Comunidad varían los baremos, pero normalmente se trata de restricciones referidas a los ingresos y limitaciones sobre tener otra vivienda en propiedad. En el caso de la región de Madrid, los requisitos varían en función de la tipología de vivienda a la que solicita acceso (vivienda pública básica o vivienda de protección pública de precio limitado, viviendas de protección en régimen de alquiler y de arrendamiento con opción a compra).

Pero en términos generales, los ingresos familiares no pueden exceder de 5,5 veces o 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) ni se puede tener otra vivienda de protección en todo el territorio nacional.

¿Dónde puedo dirigirme para adquirir una vivienda de protección?

Cuando se trata de suelo regulado por las comunidades o los ayuntamientos, las administraciones suelen recurrir a sorteos para adjudicar las viviendas, por lo que lo ideal para solicitar un piso de estas características es acudir a las sedes oficiales del municipio o la región correspondiente.

Otra de las opciones es acudir a una gestora de cooperativas. Se trata de entidades que adquieren suelo para construir este tipo de viviendas y luego ofertan la promoción hasta conformar una cooperativa de compradores interesados en la adquisición de las viviendas. La gestora también se encarga de asesorar a los socios de la cooperativa en cuestiones legales, pero quienes toman las decisiones sobre la construcción del edificio, los acabados de las viviendas, etc. son los propios cooperativistas. En este caso los requisitos de acceso deben cumplirse cuando se empieza a construir la vivienda y en ocasiones se demora el tiempo desde que se forma la cooperativa hasta que comienzan las obras.

Además, algunas constructoras y promotoras privadas también cuentan con vivienda protegida entre su oferta. La ventaja de este tipo de promociones es que los requisitos de acceso deben cumplirse en el momento de la firma del contrato de compraventa cuando se hace la reserva de la vivienda.

¿Qué ayudas se pueden solicitar?

El Estado ofrece una serie de ayudas y subvenciones para la adquisición de estas viviendas para todo el territorio nacional. Además, cada región y municipio puede ofertar su propio programa de ayudas.

Estas son algunas de las ayudas estatales:

- Los préstamos convenidos (financiación cualificada), que tienen las características comunes a todos los préstamos convenidos, que podrán ser a tipo variable o fijo y alcanzar el 80% del precio de venta o adjudicación, con plazo máximo de amortización a 25 años, sin periodo de carencia (salvo promotores para uso propio, que dispondrán de un período de carencia de tres años ampliable a cuatro)

- Ayuda estatal directa a la entrada (AEDE): destinada a facilitar el pago de aquella parte del precio de la vivienda que no es financiada mediante el préstamo convenido. La cuantía de esta ayuda depende de los ingresos familiares, así como, en su caso, de otras circunstancias personales o familiares del solicitante. La Comunidad o Ciudad Autónoma en la que esté situado el edificio o vivienda, es la que efectúa el reconocimiento del derecho a recibir estas ayudas económicas en sus diversas modalidades de financiación cualificada.

- Las administraciones locales y regionales también ofertan ayudas y subsidios para la adquisición de viviendas de protección. En el caso de la Comunidad de Madrid se puede solicitar el 'Cheque vivienda' para viviendas de protección pública básica vivienda de protección pública de precio limitado destinadas a familias numerosas.

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