martes, 19 de octubre de 2010

Descubre todas las deducciones posibles si alquilas una casa


El control de los alquileres sumergidos será mucho más férreo esta vez. Tras las más de un millón de arrendamientos no declarados a Hacienda, el Ejecutivo se asegurará de que viviendas supuestamente vacías no estén alquiladas. Para ello, pedirá a las compañías eléctricas las facturas de la luz, la identificación de los titulares del contrato de suministro, la referencia catastral y su localización. Si eres propietario, tendrás más dificultades para alquilar extraoficialmente. No obstante, declarar un alquiler no tiene por qué ser demasiado caro, ya que puedes deducirte mucho a Hacienda. ¿Cuáles son estas desgravaciones?
  • Si pediste un crédito para comprar la vivienda se pueden desgravar los intereses del mismo.
  • Los gastos de conservaciones del inmueble (derramas de la Comunidad, revisiones de la luz o el gas, seguro de hogar) también te proporcionarán una rebaja fiscal.
  • El pago a la Comunidad y del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) también te permitirá deducir gastos.
  • Si realizas cambios en la vivienda con el propósito de mejorar la calidad de vida (instalación de aire acondicionado, modernizar cocina o instalar nuevo mobiliario), te puedes llegar a desgravar un 10% del coste total.
  • Además, se puede reducir el pago de impuestos en un 3% del 60% del valor de la vivienda apelando su depreciación o desgaste por su utilización.
  • Si el inquilino es menor de 35 años, el propietario podrá tener una excención hasta del 100% de impuestos en este alquiler.
  • Desgravación del 50% del rendimiento neto en alquileres de casas destinados a vivienda.
Fuente: http://www.pisos.com/

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